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Lineamientos aprobados en la sesión núm. 468, celebrada el 10 de abril de 2013 Consejo Divisional de CBI

Las modificaciones a los Lineamientos del Posgrado en Física serán propuestas por la Comisión de Posgrado en Ciencias (Física) (CPF) a la Comisión Divisional de Posgrado. Para su discusión y proposición al Consejo Divisional de CBI. Los presentes lineamientos son complementarios a los Lineamientos Particulares del Sistema de Posgrado Divisional.

I. Comisión de Posgrado en Física

Estará formada por el Coordinador del Posgrado en Ciencias (Física) y por cuatro profesores del núcleo. Tres de ellos serán elegidos por los profesores del núcleo y uno será designado por el Jefe del Departamento de Física con el fin de procurar un equilibrio de las áreas de investigación de la CPF. Los integrantes de la CPF deberán cumplir las siguientes características:

  • Ser profesor de tiempo completo por tiempo indeterminado con grado de doctor y miembro del Departamento de Física.
  • Cultivar activamente alguna línea de investigación en Física.
  • Tener al menos dos artículos publicados en los últimos tres años.
  • No ser instancia de apoyo u órgano personal durante su gestión como miembro de la CPF.

Los miembros de la CPF (con excepción del Coordinador) permanecerán hasta por un periodo de dos años, procurando la permanencia temporal de al menos dos de sus miembros para preservar la experiencia académica de la CPF, con posibilidad de reelección. Se procurará la participación de todos los profesores del núcleo en la Comisión. La CPF emitirá una convocatoria para la renovación de sus miembros (con excepción del Coordinador) dos meses antes de terminar el periodo de los profesores a ser renovados.

Operación. La CPF procurará reunirse al menos dos veces por trimestre, siendo convocada y presidida por el Coordinador de Posgrado en Ciencias (Física).

Funciones. La CPF tendrá como funciones:

  • Decidir sobre la admisión al Posgrado en Ciencias (Física).
  • Coadyuvar con el Coordinador del Posgrado en Ciencias (Física) en la propuesta de dictamen para el Consejo Divisional sobre el establecimiento de equivalencias, acreditaciones y revalidaciones.
  • Coadyuvar con el Coordinador de Posgrado en Ciencias (Física) en la planeación y programación de las UEA del programa.
  • Llevar a cabo el seguimiento (calificaciones,asistencia, participación, idioma, etc.) de los alumnos adscritos al programa para evaluar su desempeño.
  • Asignar a cada alumno, considerando sus intereses:
    • Un tutor responsable de orientarlo en la elección de las UEA básicas y optativas en el Nivel I.
    • Un asesor de maestría para aquellos alumnos que decidan obtener este grado.
    • Los profesores de las UEA de investigación cuando así se requiera. El jurado para la presentación de los exámenes de maestría.
    • Un miembro de la CPF para asistir a los exámenes de grado.
  • Realizar las actividades que le correspondan, previstas en los lineamientos académicos de la Comisión Divisional de Posgrado, en lo relativo al examen predoctoral y al examen de grado de doctor.
  • Proponer al Consejo Divisional las adecuaciones o modificaciones al programa y a los lineamientos del posgrado en Física.
  • Aprobar la participación de profesores de la planta complementaria y de nuevos miembros del núcleo.
  • Realizar actividades de fomento y difusión del programa.
  • Coadyuvar con el Director de la DCBI en la administración de los recursos asociados al posgrado y gestionar recursos adicionales con agencias patrocinadoras externas, administrándolos a través del Coordinador del Posgrado en Ciencias (Física).
  • Dictaminar sobre los casos especiales no contemplados en el Reglamento de Estudios Superiores o en el plan de estudios.
  • Informar periódicamente al pleno del núcleo académico del programa sobre el desarrollo de sus funciones.
  • Evaluar anualmente el desarrollo del programa y a la planta académica complementaria e informar al pleno del núcleo académico.
  • Sostener las reuniones especificadas en el plan de estudios correspondiente o cuando sea necesario.
  • Establecer las reglas del funcionamiento interno de la Comisión de
    Posgrado en Ciencias (Física).

La CPF deberá supervisar los siguientes procesos académicos: admisión, asignación de tutores y asesores de maestría y doctorado, presentación del examen predoctoral y de los exámenes de grado de maestría y de doctorado.

Los miembros de la CPF que dejen de asistir, sin causa justificada, a más de tres reuniones consecutivas, dejaran de pertenecer a la CPF. El Coordinador del Posgrado en Física deberá informar por escrito al Jefe de Departamento de Física y al profesor que será reemplazado. En este caso, la CPF emitirá la convocatoria para la renovación correspondiente.

Corresponderá a la CPF determinar la justificación o no de las ausencias de sus miembros, de acuerdo con la información que se le presente.

II. Núcleo del Posgrado en Ciencias (Física) (NPF)

Los profesores que formen parte de éste serán los responsables de garantizar la calidad e identidad del programa.

El núcleo deberá estar conformado por profesores que reúnan las siguientes características:

  • Ser profesor de tiempo completo por tiempo indeterminado y miembro activo del Departamento de Física.
  • Cultivar activamente alguna línea de investigación.
  • Tener artículos de investigación en revistas con arbitraje publicados en los últimos tres años.
  • Estar dispuesto a participar como docente en el programa de posgrado en física.
  • Tener el grado de doctor o su equivalente.

IV. La Planta Académica Complementaria (PAC)

Son profesionales en disciplinas afines al Posgrado en Ciencias (Física) que manifiesten por escrito su interés en pertenecer a la planta académica complementaria, cuya formación complementa a la de los profesores del núcleo. Su inclusión a la planta quedará sujeta a la autorización por la Comisión de Posgrado en Ciencias (Física) después del análisis de su expediente. Los profesores de la PAC que permanezcan inactivos durante tres trimestres consecutivos serán dados de baja como integrantes de la PAC, en la evaluación anual del Posgrado en Ciencias (Física). Estos profesores podrán impartir algunas UEA del programa o dirigir tesis y deberán tener las siguientes características:

  • Cultivar activamente alguna línea de investigación afín al Posgrado en Ciencias (Física).
  • Poseer el grado de Doctor o su equivalente.
  • Tener artículos de investigación en revistas con arbitraje publicados en los últimos tres años en el tema de su participación en el PAC.
  • Para ser asesor único de tesis de doctorado deberá haber dirigido previamente al menos un proyecto de posgrado que ya esté concluido.
  • Para ser coasesor de una tesis de posgrado se requiere justificar la participación significativa del coasesor en la formación del alumno.

Procedimientos


1. Admisión

La admisión del alumno será decidida por la Comisión de Posgrado en Física de acuerdo con los requisitos que se establecen en el Plan de Estudios, los presentes lineamientos y los de la Comisión Divisional de Posgrado. Para analizar la procedencia de una solicitud de ingreso al programa, se tomará en consideración el desempeño del aspirante durante las etapas previas de su formación académica (título o grado obtenido, certificado de calificaciones, cartas de recomendación, entre otros) además de su dominio del español. Cada caso se analizará de acuerdo a las siguientes modalidades de ingreso:

Los aspirantes que soliciten su ingreso al Nivel I del programa, serán calificados mediante un proceso de evaluación el cual consistirá de dos partes, a saber, un examen de admisión de temas generales de física. Dichos temas generales abarcarán tópicos de mecánica clásica, mecánica cuántica, electromagnetismo, termodinámica, y mecánica estadística. El nivel de los problemas estará acorde a lo señalado en los temarios de los planes de estudio de las unidades de enseñanza-aprendizaje a nivel licenciatura de nuestra casa de estudios. La elaboración de dichos exámenes será responsabilidad de la CPF.

Los aspirantes que aprueben satisfactoriamente el proceso de evaluación y que a juicio de la Comisión sean aptos para ingresar al programa, podrán continuar con sus trámites de inscripción como alumnos de posgrado en el Nivel I. En este caso, los alumnos podrán inscribirse a las UEA que establece este programa para el primer trimestre. Los alumnos aceptados se comprometen a cumplir todos los requisitos exigidos por los lineamientos divisionales y del Posgrado en Ciencias (Física). Aquellos aspirantes que hayan aprobado el proceso de evaluación pero que a juicio de la Comisión de Posgrado en Ciencias (Física) requieran fortalecer su formación podrán ingresar condicionalmente al programa y continuar con sus trámites de inscripción como alumnos de Posgrado Nivel I con el requisito de cumplir con los cursos complementarios que le exija la CPF. Los aspirantes que hayan egresado del Nivel I del Posgrado en Ciencias (Física) de la DCBI podrán ingresar al Nivel II siempre y cuando aprueben el examen predoctoral.

Aquellos aspirantes que hayan obtenido su maestría en un programa de posgrado distinto al que ofrece la División de Ciencias Básicas e Inegeniería de la UAM Iztapalapa, deberán someterse al proceso de evaluación, el cual quedará a juicio de la CPF. En caso de ser aprobados en dicho proceso deberán solicitar la revalidación parcial o total, o bien, el establecimiento de las equivalencias de las UEA obligatorias y optativas del Nivel I, así como de las UEA de Introducción a la Investigación I y II, tomando en cuenta la experiencia en investigación que tenga el alumno en la línea de su proyecto doctoral. En ningún caso se podrá convalidar la UEA de Introducción a la Investigación III.

2. Tutor

La Comisión de Posgrado en Ciencias (Física) asignará un profesor del núcleo a cada alumno que sea admitido al Nivel I de este programa, con el fin de que lo oriente en la elección de las UEA obligatorias y optativas.

2.1. Seminario de los alumnos del Posgrado en Ciencias (Física)

El seminario de los alumnos del Posgrado en Ciencias (Física) consistirá de una serie de pláticas semanales las cuales tendrán lugar en los períodos lectivos de clases. Dicho seminario será coordinado por dos alumnos del Posgrado en Ciencias (Física), bajo la supervisión del coordinador correspondiente. Se procurará que los alumnos del posgrado presenten, por lo menos una vez al año, su trabajo de investigación en dicho seminario.

2.2. Seguimiento del alumnado

Asimismo, el tutor y el coordinador del posgrado se encargarán de efectuar el seguimiento del alumno.El seguimiento se realizará a través de la asistencia del alumnado a los seminarios organizados por la jefatura del departamento de Física y del ciclo de Seminarios de los alumnos del Posgrado en Ciencias (Física).

La asistencia del alumno a las asesorías programadas con el tutor también será un elemento importante para lograr el seguimiento adecuado de los alumnos mencionados. El tutor estará pendiente de que el alumnado bajo su tutela cumpla con todos los requisitos exigidos por los presentes lineamientos.

2.3. Comité de Seguimiento

Adicionalmente, el seguimiento de los alumnos del Posgrado en Ciencias (Física) será llevado a cabo por el Comité de Seguimiento. Este Comité será nombrado por la Comisión del Posgrado en Ciencias (Física) y estará conformada por lo menos por tres académicos de reconocido prestigio, y por no más de cinco, de los cuales, dos de ellos podrán ser externos a la UAM.

El Comité de Seguimiento tendrá la facultad de entrevistarse con los alumnos del Posgrado en Ciencias (Física) en la semana 12 de cada trimestre, y en caso dado, también con el asesor(a).

El Comité de Seguimiento emitirá una opinión al asesor y al Coordinador del Posgrado en Ciencias (Física) sobre el reporte presentado por el alumnado. Para aquellos alumnos inscritos al programa de Maestría, la entrevista antes mencionada incluirá a las UEA Introducción a la Investigación I, II y III.

Para los alumnos inscritos al programa de Doctorado, la entrevista abarcará las UEA de Trabajo de Investigación II, IV, VI, VIII, X y XII.

La emisión de la opinión correspondiente tomará en cuenta las planeaciones correspondientes que cada asesor(a) debe entregar como parte de sus obligaciones docentes.

3. Asesores

Asesor de Maestría: Aquellos alumnos que están interesados en obtener el grado de Maestro en Ciencias deberán solicitar por escrito a la Comisión de Posgrado en Ciencias (Física) la asignación de un asesor de tesis antes de cursar las UEA de Introducción a la Investigación I. El asesor propuesto deberá ser profesor del Posgrado en Ciencias (Física).

Una vez que la Comisión de Posgrado en Ciencias (Física) apruebe la designación de un asesor, el alumno no podrá cambiar de asesor de tesis sin el consentimiento específico de dicha Comisión. Es responsabilidad del asesor guiar al alumno durante su investigación hasta la culminación de su tesis y el examen de grado.

4. Exámenes de Grado de Maestría y Doctorado

Procedimiento para solicitar examen:

Maestría: el alumno podrá solicitar su examen de grado a la Comisión de Posgrado en Física una vez satisfechos todos los requisitos a que se refiere el punto IV.2. del plan de estudios. La solicitud deberá hacerse por escrito y estar acompañada de una carta del asesor de maestría con una propuesta de jurado. La Comisión analizará la procedencia de la solicitud y en caso aprobatorio, ratificará o rectificará la propuesta de jurado. Una vez que el jurado apruebe por unanimidad la tesis, se fijará fecha y lugar para el examen de grado a través del Coordinador de Posgrado en Ciencias (Física), quien supervisará la realización del examen de grado.

Requisito de idioma. Para proceder a la presentación del examen de grado, el alumno deberá acreditar, de acuerdo con el inciso IV.2.c del plan de estudios,un examen de inglés TOEFEL (Test of English as Foreign Language) con un puntaje mínimo de 400 puntos.

Doctorado: el alumno podrá solicitar su examen de grado a la Comisión Divisional de Posgrado una vez satisfechos todos los requisitos a que se refiere el punto IV.5. del plan de estudios. La solicitud deberá hacerse por escrito y estar acompañada de una carta del asesor de doctorado con una propuesta de jurado. Esta comisión turnará el caso a la Comisión de Posgrado en Ciencias (Física), quien analizará la solicitud y en caso aprobatorio, emitirá una opinión para consideración de la Comisión Divisional de Posgrado, quien ratificará o rectificará la propuesta de jurado. Una vez que el jurado apruebe por unanimidad la tesis, se fijarán fecha y lugar para, la disertación pública a través del Coordinador de Posgrado en Ciencias (Física), quien supervisara la realización de la disertación pública.

Requisito de idioma. Para proceder a la presentación de la disertación pública, el alumno deberá acreditar, de acuerdo con el inciso IV.5.c del plan de estudios, un examen de inglés TOEFL (Test of English as a Foreign Language), con puntaje mínimo de 475.

Examen Predoctoral: El examen predoctoral consistirá en la defensa oral de un proyecto de investigación doctoral ante un jurado formado por tres investigadores especialistas en el campo respectivo, uno de ellos externo a la UAM. En caso de aprobar, el alumno podrá continuar
al Nivel II.

El procedimiento para solicitar la presentación del examen predoctoral es el siguiente:

  1. El alumno presentará su solicitud a consideración de la Comisión de Posgrado en Ciencias (Física), la cual decidirá su procedencia, tomando en cuenta tanto el desempeño del alumno durante el Nivel I como su proyecto de investigación.
  2. En caso de resultar aprobatoria, se envía para la consideración de la Comisión Divisional de Posgrado, tanto la historia académica del alumno, el proyecto de investigación a realizar, la propuesta de asesor(es) y la propuesta de jurado para la realización del examen predoctoral.
  3. La Comisión Divisional de Posgrado ratifica o rectifica la propuesta y supervisa, mediante el Coordinador de Posgrado en Ciencias (Física), la realización del examen predoctoral. En caso de no aprobar en dos ocasiones el examen predoctoral, el alumno ya no podrá continuar con sus estudios doctorales pero podrá optar por la obtención del grado de Maestro en Ciencias (Física), conforme a lo estipulado en el punto IV.2. del plan de estudios, previa autorización de la Comisión de Posgrado en Ciencias (Física).

Idónea Comunicación de Resultados o Tesis: Deberá presentar los resultados obtenidos de un trabajo de investigación original de calidad, de acuerdo a los objetivos específicos de la maestría o del doctorado. Además, esta tesis deberá incluir una introducción y una bibliografía relevante al tema de la investigación.

Maestría: La idónea comunicación de resultados deberá ser revisada, discutida y defendida por el candidato ante un jurado compuesto por lo menos de tres sinodales, de los cuales uno deberá ser externo a la UAM. Cada sinodal comunicará por escrito a la Comisión de Posgrado en Ciencias (Física) el resultado de su revisión y de la defensa técnica que de ella presente el candidato; si todos los resultados son aprobatorios, se puede proceder al examen de grado.

Doctorado: La tesis deberá ser revisada, discutida y defendida por el candidato ante un jurado compuesto por lo menos de cinco sinodales, dos de los cuales deberán ser externos a la UAM. Cada sinodal comunicará por escrito a la Comisión Divisional de Posgrado el resultado de la revisión de tesis y de la defensa técnica que de ella presente el candidato; si todos los resultados son aprobatorios, el candidato podrá presentar la disertación pública de la tesis.

Examen de Grado (Maestría): El candidato deberá presentar un examen de grado de su idónea comuicación de resultados ante la comunidad y el jurado. Pasado el interrogatorio abierto, el jurado deliberará en privado y acto seguido, le comunicará al candidato el resultado del examen que será: “Aprobado o “No Aprobado”. Deberán estar presentes al menos tres de los sinodales asignados, de los cuales al menos uno deberá ser externo a la UAM. El candidato tendrá dos oportunidades para aprobar el examen.

Disertación Pública (Doctorado): El candidato deberá presentar una disertación pública de su trabajo de tesis ante la comunidad y el jurado. Pasado el interrogatorio abierto, el jurado deliberará en privado y acto seguido, le comunicará al candidato el resultado del examen que será: “Aprobado o “No Aprobado”. Deberán estar presentes al menos tres de los sinodales asignados, de los cuales al menos uno deberá ser externo a la UAM. El candidato tendrá dos oportunidades para aprobar la disertación pública.


UEA obligatorias y optativas.


Nivel I

En el primer grupo de UEA (punto IV.1.1. del plan de estudios), el alumno acreditará las UEA obligatorias básicas. De acuerdo al plan de estudios, el número de UEA de este grupo es de cuatro. El número de créditos de este grupo es de 48. La inscripción a estas UEA requiere de la autorización del Coordinador de Posgrado en Ciencias (Física).

En el segundo grupo de UEA de Nivel I (puntos IV.1.2 y IV 1.3 del plan de estudios), el alumno acreditará las UEA optativas. De acuerdo al plan de estudios el número de UEA optativas a cursar es de cuatro. Existe también la opción de cursar UEA de cualquier bloque ofrecido por otro programa de Posgrado de la DCBI.

En cualquier caso se requiere de la autorización del Coordinador de Posgrado en Ciencias (Física).

El número mínimo y normal de créditos de este grupo es de 36.

El tercer grupo de UEA de este nivel (punto IV.1.4 del plan de estudios), el alumno deberá acreditar las UEA de Introducción a la Investigación I, II y III. El número de créditos de este bloque es de 60.

El número mínimo de UEA a cursar en los tres bloques mencionados arriba es de 11, que equivalen a 144 créditos.

Nivel II

En este nivel el alumno deberá acreditar las UEA de Trabajo de Investigación I a VI (punto IV.4.1 del plan de estudios). El número normal de créditos de este bloque es de 180.

Para este nivel no se establece como requisito obligatorio cursar UEA optativas. Sin embargo, el asesor del Doctorado o la Comisión de Posgrado en Ciencias (Física) podrá exigir al alumno que profundice en temas relacionados a su investigación a través de UEA optativas, tomando en consideración la formación previa del alumno y las necesidades específicas de su proyecto doctoral. En este caso se podrán cursar hasta tres UEA optativas (equivalentes a un máximo de 27 créditos) que se elegirán de acuerdo a las opciones ofrecidas en el punto IV.1.2. del plan de estudios.


Ampliación del plazo para concluir estudios de posgrado


Maestría

  1. El solicitante de ampliación de plazo para concluir estudios de maestría deberá:
    1. Presentar ante el Consejo Divisional, a través de la Secretaría Académica, una solicitud acompañada de la documentación referida en el Artículo 49 del Reglamento de Estudios Superiores:
      1. Currículum vitae que acredite sus actividades académicas de docencia e investigación;
      2. Certificado parcial o total de estudios;
      3. Una idónea comunicación de resultados, con el 100% de avance, avalada por el asesor o asesores.
    2. Presentar junto con la documentación anterior, la opinión emitida por la Comisión del Posgrado en Ciencias (Física).
  2. Para solicitar la opinión de la Comisión, el interesado deberá entregar a la Comisión del Posgrado en Ciencias (Física) la documentación señalada en el rubro A, fracción 1 de los presentes lineamientos.
  3. La Comisión del Posgrado en Física procederá a:
    1. Examinar los antecedentes académicos y el desempeño pasado del solicitante.
    2. Evaluar la idónea comunicación de resultados. La Comisión del Posgrado en Ciencias (Física) formará una comisión integrada por dos evaluadores internos y uno externo, en la cual no podrá participar el asesor o asesores, para evaluar el trabajo del solicitante.
    3. Con base en los resultados de las fracciones I y II, emitir la opinión académica y, en su caso, las recomendaciones que considere pertinentes al interesado y a su(s) asesor(es). Se procurará que este procedimiento se realice en un plazo máximo de tres meses.
  4. En caso de que el Consejo Divisional autorice la solicitud para concluir los estudios de Posgrado a nivel Maestría, el nuevo plazo no excederá de 3 trimestres lectivos.
  5. La resolución del Consejo Divisional será inapelable.

Doctorado

El interesado en solicitar una ampliación de plazo para concluir estudios de Doctorado seguirá el procedimiento señalado en los Lineamientos del Sistema de Posgrado Divisional.


Transitorios


  1. Dos de los miembros elegidos inicialmente para formar parte de la Comisión del Posgrado en Ciencias (Física) podrán permanecer por un período de hasta tres años con el fin de dar continuidad a las políticas que establezca dicha Comisión.
  2. Aquellos profesores que a la fecha de aprobación de los presentes lineamientos participen en la Maestría en Ciencias (Física) o en el Doctorado en Ciencias (Física) asesorando o coasesorando tesis de alumnos y cuyo trabajo de investigación sea afín a las líneas de investigación del Departamento de Física serán considerados automáticamente profesores del núcleo o de la planta complementaria si cumplen los requisitos correspondientes.
  3. Los profesores que a la fecha de aprobación de los presentes lineamientos participen en la Maestría en Física o en el Doctorado en Ciencias asesorando o coasesorando tesis de alumnos que no reúnan los requisitos para pertenecer al núcleo, serán considerados como profesores de la planta académica complementaria si cumplen con los requisitos correspondientes.
  4. Una vez aprobados estos lineamientos la comisión de posgrado en física se reserva el derecho de examinar los casos no incluidos en este transitorio para asignarlos a la planta de profesores adecuada.


Diseño, construción y mantenimiento inicial: Salvador Pérez-Salgado. Abril, 2019.

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